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domingo, 24 de abril de 2011

AUDITORÍA INFORMÁTICA - CONTRATOS Y LICENCIAS


DEFINICIÓN: El contrato de licencia de uso como un acuerdo bilateral por el cual una parte, el titular de los derechos de explotación del programa de ordenador (licenciante), otorga a la otra parte, el usuario o cliente (licenciado), el derecho a utilizar el programa a cambio de un precio, conservando el titular la propiedad sobre el mismo.
PARTES CONTRATANTES: Empresa titular derechos explotación del software y cliente.
CLÁUSULAS GENERALES:
  • Definiciones.
  • Objeto.
  • Derechos y obligaciones de las partes.
  • Precio y forma de pago.
  • Duración.
  • Resolución.
  • Confidencialidad.
  • Domiciliación y notificaciones.
  • Legislación aplicable y tribunales competentes.
CLÁUSULAS ESPECÍFICAS:
  • Entrega, instalación y personalización.
  • Extensión y límites de la licencia de uso.
  • Condiciones de la licencia.
  • Utilización del paquete informático.
  • Garantía y limitación de la misma.
  • Responsabilidad de las partes.
  • Propiedad intelectual y protección del software y de la documentación asociada.
  • Efectos de la cancelación de la licencia.
  • Cesión.
Fuente: http://www.contratosinformaticos.com/modelos/contratolicencia.shtml

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